01
Deducción audiovisual Canarias (Art. 36 LIS + Ley 19/1994)
El incentivo estrella. Un crédito fiscal directo sobre el gasto realizado en Canarias, tanto para producciones nacionales (art. 36.1 LIS) como para productoras extranjeras que contratan servicios de ejecución aquí (art. 36.2 LIS). Canarias eleva los porcentajes peninsulares (30% / 25%) hasta alcanzar 54% / 40%.
- 54% sobre el primer millón de euros de gasto elegible
- 40% sobre el gasto elegible que supere ese millón
- Tope máximo: 36M€ de deducción por producción
- Series: 18M€ de deducción por capítulo
- Gasto elegible mínimo de 1M€ en Canarias (producciones extranjeras)
- Certificado cultural del ICAA o del Cabildo competente

